Ordenan a las EPS garantizar reconstrucción de seno por cáncer de mama
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Ordenan a las EPS garantizar reconstrucción de seno por cáncer de mama

Las entidades que se nieguen a ese tipo de procedimientos estarían desconociendo el derecho a la salud y todo lo que ello acarrea.

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La Corte Constitucional ratificó que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) deben garantizar las cirugías de reconstrucción de senos para los pacientes con cáncer de mama, y confirmó que el procedimiento no es de tipo estético y sí está incluido en el Plan de Beneficios de Salud.

El pronunciamiento del alto tribunal se dio luego de revisar el caso de una profesora del magisterio, a quien el 29 de junio de 2016 le practicaron una mastectomía en su seno derecho y el cirujano plástico le ordenó una intervención quirúrgica para la reconstrucción. La Corporación de Servicios Médicos Internacionales Them & Cía. se negó a autorizar el procedimiento argumentando que se trataba de una cirugía estética, a pesar de tener una orden médica.

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Finalmente la Corte falló a favor de la profesora y recalcó que los pacientes diagnosticados con este tipo de cáncer o alguna otra enfermedad grave «deben ser tratados como de especial protección”.

A propósito de este caso, la Corte dijo que si el Estado o las Entidades Prestadoras de Salud se niegan a atender este tipo procedimientos, “desconocen el derecho a la salud cuando toman determinaciones que afectan no solo el bienestar físico, sino también el psíquico, social y emocional de los pacientes”.

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