Prepárese: este jueves es el día sin carro y sin moto
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Villavicencio

Prepárese: este jueves es el día sin carro y sin moto

La idea es disminuir los índices de contaminación en la ciudad, incentivar el uso de medios alternativos de transporte y promover hábitos saludables en los ciudadanos.

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ViveElMeta.com

En cumplimiento del Acuerdo Municipal 229 de 2013, este jueves 25 de abril se llevará a cabo la celebración del Día  de la Bicicleta en la ciudad de Villavicencio.

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La asesora de la Secretaría de Movilidad, Jimena Rivera, indicó que una serie de actividades están listas a lo largo de la ciudad para que más villavicenses se unan a esta festividad en donde la bici será la reina en las vías desde las 6 de la mañana hasta las 8 de la noche.

«Esperamos que se sumen a este día y participen. Abrimos un formulario en un enlace de vinculación a esta iniciativa (https://forms.gle/bz27kN2TvMUq7Nms7) con el fin de conocer cómo vivirán este día los ciudadanos y así poder adelantar estrategias y medidas para ellos«, explicó la asesora.

Agregó que el Día de la Bicicleta se lleva a cabo todos los años en la ciudad, con el objetivo de disminuir los índices de contaminación en la ciudad, incentivar el uso de medios alternativos de transporte y promover hábitos saludables en los ciudadanos.

Se exceptuará la restricción a:

1. Vehículos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
2. Vehículos oficiales.
3. Vehículos asignados al cuerpo diplomático.
4. Vehículos de transporte de estudiantes con capacidad de más de seis personas, que deberán estar identificados de conformidad con las normas que regulan el transporte escolar.
5. Vehículos con capacidad de transportar más de diez personas.
6. Vehículos y motocicletas en los que se desplace personal operativo de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
7. Vehículos destinados al control de tráfico y los vehículos tipo grúa al servicio de la Secretaría de Movilidad.
8. Vehículos con blindaje nivel tres o superior.
9. Vehículos destinados a la prestación del servicio de escolta, debidamente autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, o que haga parte de un esquema de seguridad autorizado por los organismos del Estado y solo durante la prestación del servicio.
10. Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
11. Vehículos en los que transporten personas con discapacidad.
12. Vehículos de emergencia.
13. Furgones, vehículos de estacas y plataforma destinados al transporte de carga y mercancías.
14. Carrozas fúnebres.
15. Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de mensajería, debidamente identificadas con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o en las cuales los conductores se 1. encuentren debidamente uniformados e identificados como personal de los establecimientos mencionados.
16. Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
17. Motocarros destinados al transporte de carga.
18. Ambulancias, vehículos de bomberos (foto) y otros destinados exclusiva y públicamente a la atención de emergencias.
19. Vehículos de supervisores de seguridad y vigilancia debidamente identificados.

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