A partir del 16 de julio de 2026 entrará en vigencia la última etapa de la reducción gradual de la jornada laboral en Colombia, por lo que el límite máximo de trabajo será de 42 horas semanales, tal como lo establece la Ley 2101 de 2021.
La norma fijó un proceso de implementación escalonado para pasar de una jornada de 48 horas a la semana a una de 42, sin afectar el salario ni las prestaciones de los trabajadores. En 2024 el máximo se redujo a 46 horas y, desde el 16 de julio de 2025, quedó en 44 horas. Ahora se completa el cronograma previsto por la ley con la reducción definitiva a 42 horas.
La legislación también deja claro que trabajar menos horas no significa recibir un menor salario. El artículo 4 establece que «la disminución de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo», por lo que los empleadores deben mantener las condiciones económicas de sus trabajadores.
Aunque las empresas pueden distribuir las 42 horas semanales de distintas maneras, siempre que respeten la normatividad laboral vigente, no podrán reducir el sueldo como consecuencia de este cambio.
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Con respecto al ‘Día de la Familia’, la Ley 2101 señala que este beneficio no desaparece, pero los empleadores dejan de estar obligados a conceder la jornada semestral prevista en la Ley 1857 de 2017 una vez se aplica la reducción de la jornada laboral.
De igual forma, la norma exonera a los empleadores de otorgar las dos horas semanales destinadas a actividades recreativas contempladas en la Ley 50 de 1990, al considerar que la disminución de la jornada compensa esos espacios dentro del nuevo esquema laboral.
