Lunes, 28 de abril de 2025

Duda resuelta: ¿puede un agente de tránsito por CPS imponer comparendos?

La Secretaría de Movilidad de Villavicencio se pronunció acerca del video que circula en redes sociales donde un veedor cuestiona a uno de estos contratistas por hacer su trabajo.


Un video difundido en redes sociales generó controversia luego de que un presunto veedor ciudadano cuestionara la actuación de un agente de tránsito por inmovilizar un vehículo que prestaba servicio de transporte ilegal. Ante esto, la Secretaría de Movilidad de Villavicencio emitió un pronunciamiento para aclarar las competencias de estos funcionarios, sin importar su tipo de vinculación.

De acuerdo con la entidad, el Ministerio de Transporte ratificó el pasado 27 de febrero, mediante un concepto oficial, que los agentes de tránsito, tanto de carrera administrativa como contratados por prestación de servicios, son la autoridad facultada para regular la circulación de vehículos y peatones, controlar el cumplimiento de las normas y garantizar la seguridad vial, en concordancia con el artículo 3 del Código Nacional de Tránsito.

El pronunciamiento también dejó en claro que, aunque la contratación de agentes bajo la modalidad de prestación de servicios debe darse solo en circunstancias excepcionales, esto no implica ninguna diferencia en sus funciones, ya que sus responsabilidades son las mismas que las de los vinculados mediante carrera administrativa.

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La Secretaría de Movilidad hizo un llamado a la ciudadanía para que respete la labor de estos funcionarios y cumpla con las normas de tránsito, enfatizando que cada procedimiento busca mejorar la seguridad vial y proteger la vida de los ciudadanos.