¡Es un hecho!. Se acabó la rumba frente al Centro Comercial Villacentro
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¡Es un hecho!. Se acabó la rumba frente al Centro Comercial Villacentro

Por no estar en las zonas lúdicas definidas en el (POT), los establecimientos nocturnos abiertos al público en el barrio Balatá, frente al Centro Comercial Villacentro, podrán funcionar allí únicamente hasta el próximo 28 de junio.

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Por no estar ubicados dentro una de las 12 zonas lúdicas definidas en la cartografía del Plan de Ordenamiento Territorial(POT), aprobado por el Concejo Municipal mediante el Acuerdo 287 del 2015, los establecimientos nocturnos abiertos al público en el barrio Balatá, frente al Centro Comercial Villacentro, podrán funcionar allí únicamente hasta el próximo 28 de junio.

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Manuel Eduardo Herrera Pabón, secretario de Planeación Municipal, explicó que en esa fecha se vencerá el plazo de 18 meses que se dio como período de transición desde la aprobación del POT, para el traslado y relocalización de bares y discotecas a las zonas determinadas según la normatividad de uso de suelo, para el desarrollo de esta actividad comercial.

El funcionario indicó que a los propietarios de estos establecimientos ya se les ha socializado la normatividad y se les ha notificado a través de conceptos, los argumentos y razones por las cuales el uso del suelo de este sector no es para actividades lúdicas.

El Secretario de Planeación de Villavicencio hizo un llamado a todos los propietarios de establecimientos comerciales que se encuentren realizando una actividad que no corresponda con el uso de suelo asignado, para que cumplan con lo dispuesto en la normatividad y se trasladen a los predios que sí pertenezcan a la actividad que quieran desarrollar.

Agregó que las 12 zonas lúdicas establecidas por el POT están ubicadas en los barrios Siete de Agosto, San Benito, La Grama, El Estero, Centro-parque los Libertadores, Villa Julia, Morichal-El Delirio, Maracos, Gaviotas, La Reliquia, Soceagro-Sector Capachos y Ciudad Porfía.

Finalmente, Herrera Pabón sostuvo que de no cumplirse con lo establecido en el Acuerdo 287, las autoridades competentes podrán tomar las medidas sancionatorias respectivas, entre las que se encuentra el cierre inmediato del establecimiento comercial.

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