
Iniciaron postulaciones al subsidio de mejoramiento ‘Más Vivienda Digna’ en el Meta
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- Publicado en May 27, 2025
- Regionales
El Gobierno departamental del Meta habilitó la etapa de postulación al programa ‘Más Vivienda Digna’, dirigido a familias previamente inscritas que buscan acceder a subsidios de mejoramiento de vivienda, tanto en zonas urbanas como rurales. Para avanzar en el proceso, los interesados deben ingresar a la plataforma vivienda.meta.gov.co y cargar los documentos requeridos, según la ubicación de su inmueble.
La secretaria de Vivienda del Meta, Linda Guzmán Gutiérrez, señaló que se ha dispuesto un equipo técnico para acompañar a los postulantes: “Pueden acudir a la oficina de Planeación de su municipio o a la Secretaría de Vivienda del departamento, donde recibirán orientación para diligenciar la plataforma. Las postulaciones son completamente virtuales”, recordó la funcionaria.
El plazo para formalizar la postulación vence el próximo 8 de junio. El proceso exige a las familias subir a la plataforma la documentación correspondiente, la cual varía dependiendo si el predio se ubica en suelo urbano o rural.
Si el mejoramiento es para una vivienda ubicada en el sector urbano, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Copia de los documentos de identidad de todos los miembros del núcleo familiar actualizados de acuerdo a la edad y manifestación por escrito de todos los mayores de edad del núcleo postulado donde declaren que pertenecen al núcleo familiar del titular.
- Certificado del SISBEN de todos los integrantes del núcleo familiar.
- Certificar la residencia mínima de un (1) año en el Municipio que se aspira y cinco (5) años en el departamento del Meta.
- Certificar los ingresos del núcleo familiar, los cuales no deben superar el equivalente a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigente.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede haber sido beneficiario de subsidios familiares de vivienda.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, predio o inmueble diferente a la que será objeto.
- Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
- Certificado de posesión ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, expedido por el jefe del hogar.
- Certificado del avalúo de la vivienda expedido por un profesional con matrícula o recibo del predial o avalúo del inmueble por parte de la secretaría de Planeación o quien haga sus veces en el municipio.
- Certificación de que la vivienda se encuentra ubicada en un barrio en suelo urbano, Y que NO se encuentre ubicada en zonas de alto riesgo, por parte del municipio.
- Certificado del avalúo de la vivienda por un profesional con matrícula o recibo del predial o avalúo del inmueble por parte del municipio.
- En caso de discapacidad, certificar la discapacidad por la autoridad competente, ya sea del jefe del hogar o algún miembro del núcleo familiar.
- Acreditar en caso de enfoque diferencial, como:
- Víctima: indicar en el formulario cuantos miembros del hogar son víctimas los cuales deben estar inscritos en el Registro Único de Victimas expedido por la UARIV.
- Hombre o mujer cabeza de familia, mediante declaración extra juicio ante notaría.
- Constancia de acreditación de una persona en proceso de reincorporación expedida por la Agencia para Reincorporación y la Normalización-ARN.
- Comunidades afrodescendientes: certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio del Interior.
- Comunidad LGBTIQ+: Debe estar inscrito en la base de datos de la secretaría de la Mujer.
- Adulto mayor deberá indicarlo en el formulario.
- Minorías étnicas, expedido por el Ministerio del Interior o el que designe el Gobierno Nacional.
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Si el mejoramiento es para una vivienda ubicada en el sector rural, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Copia de los documentos de identidad de todos los miembros del núcleo familiar actualizados de acuerdo a la edad y manifestación por escrito de todos los mayores de edad del núcleo postulado donde declaren que pertenecen al núcleo familiar del titular.
- Certificado del SISBEN de todos los integrantes del núcleo familiar.
- Certificar la residencia mínima de un (1) año en el Municipio que se aspira y cinco (5) años en el departamento del Meta.
- Certificar los ingresos del núcleo familiar, los cuales no deben superar el equivalente a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigente.
- Ningún miembro del núcleo familiar puede haber sido beneficiario de subsidios familiares de vivienda
- Ningún miembro del núcleo familiar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, predio o inmueble diferente a la que será objeto.
- Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
- Certificado de sana posesión ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, expedido por el jefe del hogar.
- Certificado del avalúo de la vivienda expedido por un profesional con matrícula o recibo del predial o avalúo del inmueble por parte de la secretaría de Planeación o quien haga sus veces en el municipio.
- Certificado por parte del municipio del predio que cuente con la posibilidad de acceder a agua para consumo humano y doméstico.
- Certificado por parte del municipio que el lote no se encuentre ubicado sobre ronda de cuerpo de agua o zona de riesgo y no esté ubicado en zona de reserva, de obra pública o de infraestructura básica de nivel nacional.
- Documento que acredite la compraventa del predio, en el caso de ser poseedor.
- Certificado de Suelo Rural y/o no alto riesgo por parte del municipio.
- En caso de discapacidad, certificar la discapacidad por la autoridad competente, ya sea del jefe del hogar o algún miembro del núcleo familiar.
- Acreditar en caso de enfoque diferencial, como:
- Víctima: indicar en el formulario cuantos miembros del hogar son víctimas los cuales deben estar inscritos en el Registro Único de Victimas expedido por la UARIV.
- Hombre o mujer cabeza de familia, mediante declaración extra juicio ante notaría.
- Constancia de acreditación de una persona en proceso de reincorporación expedida por la Agencia para Reincorporación y la Normalización-ARN.
- Comunidades afrodescendientes: certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio del Interior.
- Comunidad LGBTIQ+: Debe estar inscrito en la base de datos de la secretaría de la Mujer.
- Adulto mayor deberá indicarlo en el formulario.
- Minorías étnicas, expedido por el Ministerio del Interior o el que designe el Gobierno Nacional.