Domingo, 3 de noviembre de 2024

Secretaría de Educación vigilará incrementos autorizados de matrículas y costos educativos en colegios privados

  • viveelmeta.com
  • Publicado en Oct 24, 2024
  • Diarias
La Secretaría de Educación vigilará los incrementos en matrículas y pensiones para 2025, basados en un 6,12 % del IPC. Los colegios privados podrán solicitar aumentos adicionales según criterios de calidad y matrícula, con la debida resolución.


De acuerdo con la resolución 16763 del presente año, la Secretaría de Educación vigilará el cumplimiento de los incrementos para matrículas, pensiones y demás costos educativos fijados a partir de una base del 6,12 % para el año lectivo 2025, en los colegios privados.

La base de incremento se fijará de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con corte a agosto de 2024, emitido por el DANE, el cual se ubicó en 6,12 %. A partir de esta base, cada establecimiento educativo podrá acceder a puntos porcentuales adicionales fijos, de acuerdo con los siguientes criterios:

Clasificación por autoevaluación institucional, definido por el régimen en el que se ubica el establecimiento educativo de la siguiente manera: Régimen regulado por certificación de calidad 0,8 puntos porcentuales de aumento, regulado por autoevaluación 0,63, vigilado por autoevaluación 0,46 y régimen controlado 0 %.

También por el índice de permanencia o promedio de matrícula registrada en el Simat de los años 2022 y 2023, ubicándose en los rangos: alto con el 0,5 de aumento, medio 0,33 y bajo 0,16 %.

Adicionalmente, los establecimientos educativos de carácter privado podrán acceder a puntos porcentuales por educación inclusiva con 0,25 adicional y por tener en nómina el 80 % de profesores que se sujete con la escala del escalafón incrementando 1,6 puntos porcentuales en costos educativos.

William Fernando Zárate, secretario de Educación, dijo que una vez cumplidos los anteriores requisitos, se debe presentar a la Secretaría de Educación para la posterior expedición de la resolución de gastos educativos que faculta a los colegios privados para realizar los cobros. Sin el respectivo acto administrativo no se puede hacer ningún cobro o anticipo por ningún concepto.

La oficina de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación, verificará el cumplimiento de lo reglamentado para costos educativos.